¿Quién es un cuidador?
Se entiende por cuidador a la persona, profesional o no, que apoya en la realización de las tareas básicas de la vida cotidiana de una persona con discapacidad, debidamente certificada por la Entidad Promotora de Salud -EPS-, quien, sin la asistencia de la primera, no podría realizarlas. El servicio de cuidado o asistencia estará siempre supeditado a la autonomía, voluntad y preferencias de la persona con discapacidad a quien se presta la asistencia.
¿Cómo se certifica un cuidador?
Los beneficiarios dependientes que aspiren obtener el beneficio previsto para cónyuges que realizan actividades de cuidador, deberán certificar ante la Caja de Compensación Familiar que NO cuentan con una fuente formal directa de ingresos y NO realizan una actividad formal remunerada. El cuidador(a) deberá estar afiliado como cónyuge de un trabajador titular y deberá presentar el formato de declaración juramentada establecido por Comfama para acreditar la condición de cónyuge cuidador (a), el cual podrá descargar más abajo.
¿Qué condición deberá tener la persona a cargo para que se afilie un (a) cónyuge cuidador (a)?
Para la entrega de este beneficio será necesario tener la certeza médica, expedida por la EPS, IPS o entidad competente, sobre la situación de discapacidad de la persona a cargo del trabajador titular, la cual requiere asistencia en actividades de higiene, aseo o alimentación, o ayuda en la administración de medicamentos por vía oral.