Para reportar las novedades como empleador, recuerda que puedes utilizar el sistema de registro de novedades que se encuentra disponible en nuestro sitio web y que te permite realizar el proceso desde la comodidad de tu oficina, evitando desplazamientos y ahorrando tiempo. Igualmente puedes usar los formatos que se entregan en todos los Centros de Información de las Sedes y Parques Recreativos de Comfama, o descargar el formato correspondiente para diligenciar.
- Sustitución entre dos empleadores existentes en Comfama (fusión) 
- Traslado de trabajadores (entre empleadores afiliados a Comfama) 
Principales novedades del empleador
- Todo cambio de dirección, teléfono, representante legal, NIT, o razón social del empleador, se debe reportar tan pronto ocurra. 
- Cuando retira a todos los trabajadores debe informar por escrito si va a continuar con su objeto social y debe continuar la afiliación como empleador o debe efectuarse su retiro. 
- Venta del negocio. 
- Traslado a otra ciudad. 
- Cese de actividad temporal o definitiva. 
- No causación de nómina. 
- Retiro de trabajadores y/o personas a cargo. 
- Si hay cambio de representante legal y/o de tipo de sociedad comercial, se envía carta contando lo ocurrido y se anexa el certificado de existencia y representación legal. 
Cambios en el registro de afiliación del empleador
- NIT errado o reasignado: cuando el NIT con que se ingresó al empleador está errado, no corresponde o fue modificado. Para corregirlo el empleador debe presentar y anexar:- Si es persona jurídica: carta que indique el hecho y fotocopia del NIT.- Si es persona natural: carta indicando el hecho y fotocopia legible de su cédula de ciudadanía. 
- Cambio de razón social o nombre: se presenta cuando el empleador conserva el mismo NIT o cédula, pero cambia la razón social o nombre. Para corregirlo el empleador debe presentar:- Si es persona jurídica: carta informando el nombre o razón social anterior, número del NIT y el nuevo nombre, y certificado de existencia y representación legal.- Si es persona natural: carta informando el nombre o razón social anterior, número del NIT o cédula y el nuevo nombre y, fotocopia de la cédula de ciudadanía. 
- Cambio de NIT y razón social: la empresa cambia de NIT y razón social, pero conserva las siguientes condiciones: los trabajadores no fueron liquidados y son los mismos, el objeto social sigue siendo el mismo y el representante legal es la misma persona. Para corregirlo el empleador debe presentar:- Si es persona jurídica: carta con el anuncio del cambio de NIT y de razón social, relación de los trabajadores activos de la empresa con nombre y cédula, y certificado de existencia y representación legal vigente.- Si es persona natural: carta con el anuncio del cambio de NIT y de razón social, carta con la relación de los trabajadores activos con nombre y su cédula, y fotocopia de la cédula de ciudadanía del nuevo. 
- Si hay cambio de NIT y razón social, pero todos los trabajadores fueron liquidados, se procede así: el empleador debe retirar los trabajadores de la Caja, en el formato que Comfama suministra para tal fin, o por medio de una carta, si no se reportó la novedad a través del sistema de PILA y además, debe solictarse el retiro del empleador anterior, especificando el motivo. La nueva empresa debe afiliarse a Comfama, teniendo en cuenta el procedimiento ya descrito. 
Sustitución patronal parcial
Se presenta cuando una parte de los trabajadores de una empresa pasa sin ser liquidados a otra, pudiendo darse el caso de que la nueva empresa esté o no afiliada a Comfama.
- Si la nueva empresa está afiliada a Comfama, para realizar el cambio, el empleador debe enviar carta anunciando el proceso ocurrido, con la relación de los trabajadores que pasan al nuevo empleador. 
- Si la nueva empresa no está afiliada a Comfama, debe afiliarse. 
Sustitución entre dos empleadores existentes en Comfama (fusión)
Se presenta cuando una o más sociedades se disuelven sin liquidarse, para ser absorbidas por otra, y la empresa absorbente y las empresas absorbidas existen registradas y activas en Comfama.
Para realizar este cambio, el empleador debe aportar documento donde se anuncia el proceso ocurrido, especificando:
- La empresa absorbida se acabó completamente 
- Los trabajadores no fueron liquidados y el nuevo empleador asume la carga prestacional. 
- Relación de los trabajadores que pasaron al nuevo empleador 
- Certificado de existencia y representación legal 
Sustitución o fusión cuando el nuevo empleador no está afiliado a Comfama
Para realizar este cambio el empleador deberá informar por escrito la sustitución y los trabajadores no pueden haber sido liquidados. La nueva empresa debe afiliarse a Comfama como empleador.
Traslado de trabajadores (entre empleadores afiliados a Comfama)
Se realiza entre empresas filiales o entre personas naturales con parentesco (esposo, padres, hijos, hermanos). Para tal efecto, se requiere:
- Los trabajadores que no fueron liquidados. 
- El nuevo empleador asume la carga prestacional.