¿Qué es la ley 590 del 2000?

Tiene como objeto: “Promover el desarrollo integral de las micro, pequeñas y medianas empresas en consideración a sus aptitudes para la generación de empleo, el desarrollo regional, la integración entre sectores económicos, el aprovechamiento productivo de pequeños capitales y teniendo en cuenta la capacidad empresarial de los colombianos”

Respecto al pago de aportes de cajas de compensación, la ley establece en el artículo 43:

“Los aportes parafiscales destinados al Sena, el ICBF y las Cajas de Compensación Familiar, a cargo de las micro, pequeñas y medianas empresas que se constituyan e instalen a partir de la promulgación de la presente ley, serán objeto de las siguientes reducciones:

  1. Setenta y cinco por ciento (75%) para el primer año de operación.

  2. Cincuenta por ciento (50%) para el segundo año de operación.

  3. Veinticinco por ciento (25%) para el tercer año de operación.”

Se considera constituida una micro, pequeña o mediana empresa en la fecha de la escritura pública de constitución, en el caso de las personas jurídicas, y en la fecha de registro en la Cámara de Comercio, en el caso de las demás Mipymes.

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