¿Qué es la ley 100 de 1993?
De acuerdo con la Ley 100 de 1993, el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia se compone de los sistemas de pensiones, de salud y de riesgos laborales y de los servicios sociales complementarios.
Sistema General de Pensiones:
Tiene como objetivo garantizar protección a la población contra riesgos de vejez, invalidez y muerte, a través del reconocimiento de pensiones y prestaciones. Además, busca ampliar progresivamente la cobertura para incluir a aquellos segmentos de la población que no están actualmente cubiertos por un sistema de pensiones.
Sistema General de Seguridad Social en Salud:
Regula el servicio público de salud en Colombia, garantizando acceso a la población en todos los niveles de atención. Es operado por las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS). Un componente clave es el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA), actualmente conocido como ADRES, cuya misión es administrar los recursos generados por las contribuciones de los ciudadanos y asegurar la prestación de servicios de salud de calidad.
Sistema General de Riesgos Laborales:
Es un conjunto de entidades y normas destinado a prevenir y atender a los trabajadores ante enfermedades y accidentes relacionados con su labor. Su financiación proviene de una cotización obligatoria, basada en el ingreso y la clasificación del riesgo. Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) son responsables de la afiliación y el recaudo de estas cotizaciones. Los empleadores deben afiliar a sus empleados a una ARL, que cubre gastos de salud por accidentes o enfermedades laborales, así como incapacidades y pensiones de invalidez o sobrevivencia.
Subsidio Familiar:
El subsidio familiar es una prestación social cuyo objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representan el sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad (Artículo 343 del Código Sustantivo del Trabajo). El subsidio familiar no es salario, sino un derecho latente que se concreta cuando se le genera al trabajador por razones de parentesco, convivencia o dependencia económica, para que con él disfrute de los beneficios que ofrecen las instituciones responsables de la administración del subsidio.
El subsidio familiar es suministrado a los trabajadores en bienes, servicios y en ayudas monetarias. Es administrado por las Cajas de Compensación Familiar (CCF).
La corte constitucional en diferentes sentencias como la C-015 de 2004 y C-1173 de 2001 entre otras, ha afirmado expresamente que el subsidio familiar es parte de la seguridad social.