¿Se puede afiliar a un trabajador que labora por días?
Los trabajadores dependientes que laboren en una empresa por períodos inferiores a un mes deben ser afiliados a los Sistemas de Pensiones, Riesgos Laborales y, así mismo, a una Caja de Compensación Familiar, según el Decreto 2616 del 2013.
Condiciones:
Que se encuentren vinculados laboralmente.
Que el contrato sea a tiempo parcial, es decir, que en un mismo mes sea contratado por períodos inferiores a treinta (30) días.
Que el valor que resulte como remuneración en el mes sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.