¿Se puede afiliar a un trabajador que labora por días?

Los trabajadores dependientes que laboren en una empresa por períodos inferiores a un mes deben ser afiliados a los Sistemas de Pensiones, Riesgos Laborales y, así mismo, a una Caja de Compensación Familiar, según el Decreto 2616 del 2013.

Condiciones:

  • Que se encuentren vinculados laboralmente.

  • Que el contrato sea a tiempo parcial, es decir, que en un mismo mes sea contratado por períodos inferiores a treinta (30) días.

  • Que el valor que resulte como remuneración en el mes sea inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.

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