La recuperación de los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante es un proceso mediante el cual una persona cesante solicita que se le haga entrega de los beneficios que tiene pendientes por recibir y que habían sido suspendidos previamente ya sea porque se encontraba vinculada laboralmente o porque en los cruces de continuidad del beneficio se encontró que no cumplía con alguno de los requisitos.
¿Quiénes aplican para solicitar recuperación de los beneficios?
Cesantes que hayan recibido los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante establecidos en la ley 1636 de 2013 modificada por la Ley 2225 de 2022 en un periodo no mayor a 3 años desde su primer pago, que a la fecha de la solicitud tengan periodos pendientes por recibir y que no tengan recobros pendientes en Comfama.
¿Quiénes no aplican para solicitar recuperación?
Personas que se hayan postulado a los beneficios del Mecanismo de Protección al Cesante y su postulación haya sido negada. Para estos casos la persona debe presentar un recurso de reposición, enviando a correspondencia@comfama.com.co el documento que subsane la inconsistencia de la negación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del rechazo.
Personas que hayan recibido su primer beneficio hace más de tres años.
Personas que, en los últimos tres años contados desde el pago del primer beneficio, ya hayan recibido la totalidad de los beneficios indicados al momento de la asignación.
Personas que hayan recibido los beneficios del mecanismo de protección al cesante en otra Caja de Compensación en los últimos tres años, contados desde el pago del primer beneficio.
Personas que hayan sido beneficiarias con los decretos 488, 770 u 801 de 2020 (no podrán solicitar recuperación a partir del 1 de julio de 2022).
Requisitos para solicitar la recuperación:
Encontrarse en calidad de cesante.
Haber desarrollado la ruta hacia la búsqueda de empleo (Mentoría).
Haber culminado las 40 horas de capacitación en competencias claves y transversales.
Tener pagos pendientes por recibir de una postulación que no supere los tres años de vigencia.
Que no hayan pasado los tres años desde el momento en que recibió el pago del primer beneficio.
No tener recobros pendientes por beneficios recibidos sin derecho.
Importante:
En caso de no haber culminado el proceso de capacitación, al momento de solicitar la recuperación te contactarán desde la agencia de empleo Comfama para realizar las 40 horas de capacitación en competencias claves y transversales, una vez cumplido este requisito se dará respuesta a tu solicitud.
Proceso para solicitar la recuperación de los beneficios pendientes:
Enviar un correo electrónico a correspondencia@comfama.com.co indicando en el asunto: Recuperación de beneficios Fosfec – Asunto 42 o entregar en la sede de servicios más cercana la siguiente documentación:
1. Carta o correo solicitando la recuperación y manifestando que se encuentra cesante.
2. Carta laboral del último empleador que incluya fecha de ingreso y retiro.
3. Para el caso de los trabajadores independientes, se debe haber realizado el retiro de la Caja de Compensación previamente como afiliado independiente.
4. El certificado de EPS o Pensión (solo si existe algún cambio de entidad desde el momento de la postulación inicial).
5. Si la persona estaba activa en otra Caja de Compensación, debe presentar el certificado de esa Caja donde se especifique todas las afiliaciones que haya tenido con dicha caja y que contenga fecha de ingreso y retiro.
6. Si la persona tenía pendiente realizar la formación de 40 horas en competencias claves y transversales, debe enviar el certificado que evidencie la realización del curso.