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Aspectos jurídicos de nuestra organización

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Aspectos jurídicos de nuestra organización

La Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, es una corporación privada, sin ánimo de lucro, establecida de acuerdo con las leyes colombianas, el día 30 de junio de 1954 y reconocida por resolución Nro. 4706 del 13 de noviembre de 1954, del Ministerio de Justicia. Su domicilio principal es la ciudad de Medellín y su acción está regulada por la Ley de la Nación.

Normas básicas

El subsidio familiar es una prestación social a cargo de los empleadores, que prestan a través de las Cajas de Compensación Familiar, por lo tanto, es un derecho que se deriva de la existencia de un contrato de trabajo. El sistema de la compensación familiar se encuentra dentro del campo del derecho laboral, pero tiene una regulación propia.

Entre otras, el sistema de la compensación familiar está regida por las siguientes normas básicas:

  • Constitución Nacional - Artículo 48, Seguridad Social

En el artículo 48, la Constitución Nacional consagra como derecho fundamental la Seguridad Social, por lo tanto, como se trata de la norma fundamental de donde se derivan todas las demás regulaciones del ordenamiento jurídico en materia de seguridad Social, las Cajas de Compensación, como entidades de este tipo, deben acatar y respetar el derecho fundamental mencionado en el ejercicio de sus funciones.

  • Ley 21 de 1982

Es la norma general que regula todo el sistema de la Compensación Familiar. En esta ley se encuentran todas las disposiciones acerca del subsidio familiar, empleadores obligados al pago de aportes, trabajadores beneficiarios del subsidio y las personas a cargo que dan derecho a recibir dicha prestación.

Igualmente, esta ley regula todo lo relacionado con las Cajas de Compensación Familiar, su naturaleza jurídica, funciones, reglas que deben acatar como entidades recaudadoras de aportes y órganos directivos que las componen. Esta ley está reglamentada entre otras normas, por los siguientes Decretos: 341 de 1988 y 784 de 1989, siendo estas las principales regulaciones que ha tenido la Ley 21/82.

Este Decreto determina el Régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los funcionarios de las Cajas de Compensación Familiar y de las asociaciones de Cajas. De la misma manera de los miembros de sus organismos de dirección, administración y fiscalización.

  • Otras normas

Adicionalmente, algunas de las actividades que ejercen las Cajas, tales como salud, educación y vivienda, tienen su propia reglamentación en las siguientes normas:

- Vivienda: el subsidio familiar de vivienda se encuentra reglamentado principalmente en las Leyes 9a de 1989, 49 de 1990 y 3a de 1991.

- Educación: la Ley 115 de 1994 es la norma general de educación.

- Salud: por medio de la Ley 100 de 1993 se adoptó el Sistema General de Seguridad Social en Colombia, por lo tanto regula toda la prestación de servicios de salud que en la actualidad ejercen las Cajas.

Los demás servicios de las Cajas se encuentran regulados principalmente por lo que estipula la Ley 21 de 1982; además, en algunos casos, se han impartido normas especiales sobre cada materia; sin embargo las leyes más relevantes e importantes sobre Subsidio Familiar son las que hasta aquí se mencionan.