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Para reportar las novedades puede utilizar los formatos que se
entregan todos los Centros de Información de las Sedes y Parques
Recreativos, o descargar el formato
preimpreso correspondiente. También puede hacerlo
mediante el sistema
de registro de novedades.

- Principales
novedades del empleador
- Cambios en el registro de
afiliación del empleador
- Sustitución patronal
parcial
- Sustitución entre dos empleadores existentes
en Comfama (fusión)
- Traslado de trabajadores
(entre empleadores afiliados a Comfama)
Principales novedades
del empleador:
- Todo cambio de dirección, teléfono, representante legal, NIT,
o razón social del empleador, se debe reportar tan pronto ocurra.
- Cuando retira a todos los trabajadores debe informar por escrito
si va a continuar con su objeto social y debe continuar la afiliación
como empleador o debe efectuarse su retiro.
- Venta del negocio.
- Traslado a otra ciudad.
- Cese de actividad temporal o definitiva.
- No causación de nómina.
- Retiro de trabajadores y/o personas a cargo.
- Si hay cambio de representante legal y/o de tipo de sociedad comercial, se envía carta contando lo ocurrido y se anexa el certificado de existencia y representación legal.
Cambios en el registro de afiliación
del empleador:
- NIT errado o reasignado: cuando el NIT con
que se ingresó al empleador está errado, no corresponde o fue
modificado. Para corregirlo el empleador debe presentar y anexar:
- Si es persona jurídica: carta que indique el
hecho y fotocopia del NIT.
- Si es persona natural: carta indicando el hecho
y fotocopia legible de su cédula de ciudadanía.
- Cambio de razón social o nombre: se presenta
cuando el empleador conserva el mismo NIT o cédula, pero cambia
la razón social o nombre. Para corregirlo el empleador debe presentar:
- Si es persona jurídica: carta informando el
nombre o razón social anterior, número del NIT y el nuevo nombre,
y certificado de existencia y representación legal.
- Si es persona natural: carta informando el
nombre o razón social anterior, número del NIT o cédula y el nuevo
nombre y, fotocopia de la cédula de ciudadanía.
- Cambio de NIT y razón social: la empresa cambia
de NIT y razón social, pero conserva las siguientes condiciones:
los trabajadores no fueron liquidados y son los mismos, el objeto
social sigue siendo el mismo y el representante legal es la misma
persona. Para corregirlo el empleador debe presentar:
- Si es persona jurídica: carta con el anuncio
del cambio de NIT y de razón social, relación de los trabajadores
activos de la empresa con nombre y cédula, y certificado de existencia
y representación legal vigente.
- Si es persona natural: carta con el anuncio
del cambio de NIT y de razón social, carta con la relación de
los trabajadores activos con nombre y su cédula, y fotocopia de
la cédula de ciudadanía del nuevo.
- Si hay cambio de NIT y razón social, pero todos los trabajadores fueron liquidados, se procede así: el empleador debe retirar los trabajadores de la Caja, en el formato que Comfama suministra para tal fin, o por medio de una carta, si no se reportó la novedad a través del sistema de PILA y además, debe solictarse el retiro del empleador anterior, especificando el motivo. La nueva empresa debe afiliarse a Comfama, teniendo en cuenta el procedimiento ya descrito.
Sustitución patronal parcial
Se presenta cuando una parte de los trabajadores de una empresa pasa sin ser liquidados a otra, pudiendo darse el caso de que la nueva empresa esté o no afiliada a Comfama.
- Si la nueva empresa está afiliada a Comfama, para realizar el
cambio, el empleador debe enviar carta anunciando el proceso ocurrido,
con la relación de los trabajadores que pasan al nuevo empleador.
- Si la nueva empresa no está afiliada a Comfama, debe afiliarse.
Sustitución entre dos empleadores
existentes en Comfama (fusión)
Se presenta cuando una o más sociedades se disuelven sin
liquidarse, para ser absorbidas por otra, y la empresa absorbente
y las empresas absorbidas existen registradas y activas en
Comfama.
Para realizar este cambio, el empleador debe aportar documento
donde se anuncia el proceso ocurrido, especificando:
- La empresa absorbida se acabó completamente
- Los trabajadores no fueron liquidados y el nuevo empleador
asume la carga prestacional.
- Relación de los trabajadores que pasaron al nuevo empleador
- Certificado de existencia y representación legal
Sustitución o fusión cuando el nuevo empleador no está
afiliado a Comfama
Para realizar este cambio el empleador deberá informar
por escrito la sustitución y los trabajadores no pueden haber sido
liquidados. La nueva empresa debe afiliarse a Comfama como empleador.
Traslado de trabajadores (entre
empleadores afiliados a Comfama)
Se realiza entre empresas filiales o entre personas naturales con
parentesco (esposo, padres, hijos, hermanos). Para tal efecto, se
requiere:
- Los trabajadores que no fueron liquidados
- El nuevo empleador asume la carga prestacional
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