Para facilitarte los trámites
que debes adelantar con Comfama, tenemos para ti el Sistema
de registro de novedades en línea, un servicio
que te permitirá actualizar tus novedades laborales
de una manera ágil y rápida desde nuestra
página web Ver
más.
También lo podrás hacer
utilizando los formatos que se entregan en todas las Sedes y Parques Recreativos, o descargando el formato
correspondiente.
A continuación te presentamos los escenarios posibles con novedades a reportar en tu calidad de empleador:
Principales
novedades del empleador:
- Todo cambio de dirección, teléfono, representante
legal, NIT, o razón social del empleador, debes
reportarla tan pronto ocurra.
- Cuando retiras a todos los trabajadores debes informar por escrito si vas a continuar con tu objeto social y si deseas continuar la afiliación como empleador o si debemos efectuar tu retiro.
- Venta del negocio.
- Traslado a otra ciudad.
- Cese de actividades temporal o definitivo.
- No causación de nómina.
- Constancia de pago del aporte, para los empleadores
que pagan fuera del área metropolitana, fotocopia,
carta o fax (5126758).
- Retiro de trabajadores y/o personas a cargo.
- Si hay cambio de representante legal envías carta
contando lo ocurrido y anexas el certificado de
existencia y representación legal.
Cambios en el registro de
afiliación del empleador:
- Nit errado o reasignado: cuando
el Nit con el cual se ingresó al empleador está errado,
no corresponde o fue modificado. Para corregirlo,
el empleador debe presentar y anexar:
- Si es persona jurídica: carta que
indique el hecho y fotocopia del Nit.
- Si es persona natural: carta indicando
el hecho y fotocopia legible de su cédula de ciudadanía.
- Cambio de razón social o nombre: se
presenta cuando el empleador conserva el mismo Nit
o cédula, pero cambia la razón social o nombre. Para
corregirlo el empleador debe presentar:
- Si es persona jurídica: carta informando
el nombre o razón social anterior, número del Nit
y el nuevo nombre, y certificado de existencia y representación
legal.
- Si es persona natural: carta informando
el nombre o razón social anterior, número del Nit
o cédula y el nuevo nombre y, fotocopia de la cédula
de ciudadanía.
- Cambio de Nit y razón social:
la empresa cambia de Nit y razón social, pero conserva
las siguientes condiciones: los trabajadores no fueron
liquidados y son los mismos, el objeto social sigue
siendo el mismo y el representante legal es la misma
persona. Para corregirlo el empleador debe presentar:
- Si es persona jurídica: carta con
el anuncio del cambio de Nit y de razón social, relación
de los trabajadores activos de la empresa con nombre
y cédula, y certificado de existencia y representación
legal vigente.
- Si es persona natural: carta con
el anuncio del cambio de Nit y de razón social, carta
con la relación de los trabajadores activos con nombre
y su cédula, y fotocopia de la cédula de ciudadanía
del nuevo.
- Si hay cambio de Nit y razón social, pero
todos los trabajadores fueron liquidados, se procede
así: el empleador debe retirar los trabajadores
de la Caja en el formato que Comfama suministra para
tal fin o por medio de una carta. También debe retirarse
el empleador, especificando el motivo. La nueva empresa
debe afiliarse a Comfama, teniendo en cuenta el procedimiento
ya descrito.
Sustitución patronal
parcial
Se presenta cuando una parte de los trabajadores
de una empresa pasa sin liquidarse a otra, pudiendo
darse el caso de que la nueva empresa esté o no afiliada
a Comfama.
- Si la nueva empresa está afiliada a Comfama, para
realizar el cambio, el empleador debe enviar carta
anunciando el proceso ocurrido, con la relación de
los trabajadores que pasan al nuevo empleador.
- Si la nueva empresa no está afiliada a Comfama,
debe enviar carta anunciando lo ocurrido y afiliarse.
Sustitución entre
dos empleadores existentes en Comfama (fusión)
Se presenta cuando una o más sociedades se
disuelven sin liquidarse, para ser absorbida(s) por
otra, y la empresa absorbente y la(s) empresa(s) absorbida(s)
están registradas y activas en Comfama.
Para realizar este cambio, el empleador debe aportar
documento donde se anuncia el proceso ocurrido, especificando:
- La empresa absorbida se acabó completamente
- Los trabajadores no fueron liquidados y el nuevo
empleador asume la carga prestacional.
- Relación de los trabajadores que pasaron al nuevo
empleador
- Certificado de existencia y representación legal
Sustitución o fusión cuando el nuevo empleador
no está afiliado a Comfama
Para realizar este cambio el empleador deberá
informar por escrito la sustitución y los trabajadores
no pueden haber sido liquidados. La nueva empresa debe
afiliarse a Comfama como empleador.
Traslado de trabajadores
(entre empleadores afiliados a Comfama)
Se realiza entre empresas filiales o entre personas
naturales con parentesco (esposo, padres, hijos, hermanos).
Para tal efecto, se requiere:
- Los trabajadores que no fueron liquidados
- El nuevo empleador asume la carga prestacional
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