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¿Cómo reclamar los cheques del subsidio familiar?
Para la entrega de cheques de subsidio retenidos, entrega de cheques de subsidio a trabajadores retirados o pago de comprobante nutricional es necesario que la persona presente su cédula original.
En caso de que el cheque sea reclamado por un tercero, este debe presentar carta autenticada en notaría firmada por el dueño del cheque donde lo autoriza a reclamarlo y la cédula original de quien reclama.
Para la entrega a empleadores de cheques de subsidio o de comprobante nutricional, el empleador debe presentar diligenciado el formato de autorización para reclamar pagos en Comfama, que puede reclamar en cualquier sede de Comfama, y la cédula original de la persona autorizada a reclamar.
En caso de empleadores con un solo trabajador afiliado, cualquiera de los dos puede reclamar el cheque con su cédula original.
Formato autorización para reclamar pagos en Comfama
¿Qué sucede en caso de extravío
del cheque del subsidio?
Comfama no contraordena cheques, por lo tanto en
caso de extraviar el cheque del subsidio, el trabajador
debe enviar una carta informando lo ocurrido, además
debe esperar de 6 a 8 meses a que se haga la conciliación
bancaria para reemplazarlo, en caso de que no haya sido
cobrado por otra persona.
Evite este tipo problemas utilizando la modalidad de
consignación de la cuota monetaria. Conozca esta
opción haciendo clic
aquí.
¿El pago de la cuota monetaria puede
ser retroactivo?
Las acciones correspondientes a la cuota monetaria
prescriben en los términos del Código Sustantivo del
Trabajo, sin embargo el derecho a la cuota correspondiente
a un mes determinado caduca al vencimiento del mes subsiguiente,
en relación con los trabajadores beneficiarios que no
hayan aportado las pruebas del caso, cuando el respectivo
empleador haya pagado oportunamente los aportes de ley
por intermedio de una Caja de Compensación Familiar.
La caducidad únicamente se debe aplicar al trabajador
cuando se reúnan las siguientes condiciones:
- Que el empleador respectivo haya pagado oportunamente
los aportes correspondientes a esa cuota, por conducto
de una Caja, de acuerdo con el calendario establecido
para el pago de aportes del sistema de protección
social, haga clic
aquí.
- Que el trabajador beneficiario no haya aportado
las pruebas del caso antes del vencimiento del mes
subsiguiente a aquel en que se cause el derecho.
¿Se puede cobrar judicialmente la cuota
monetaria?
Los trabajadores pueden exigir judicialmente
al empleador el pago del subsidio cuando la empresa
se ha desafiliado por mora en el pago de sus aportes.
Asimismo, cuando no se afilia el empleador ni sus trabajadores
a una Caja de Compensación, el trabajador puede exigirle
judicialmente al empleador el pago de la prestación
social, y el Juez puede obligar al empleador a su pago
en el doble de la mayor cuota monetaria que se pague
en la región.
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