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Se podrá afiliar como pensionado el trabajador que ha salido de
la fuerza laboral por causa de una pensión de vejez, jubilación,
invalidez por origen común o profesional, además, quien recibe
una sustitución pensional por la muerte del trabajador.

El pensionado elige la Caja de Compensación a la cual desea afiliarse.
La afiliación puede ser individual o colectiva, Comfama suministra
el formulario de afiliación.
Cuando un trabajador se encuentra pensionado y establece un contrato
laboral, tiene derecho a la cuota monetaria, obviamente si cumple
con los requisitos como horas trabajadas, tope salarial etc., se
afilia como trabajador por el empleador con el cual está laborando.
Los pensionados que deseen afiliarse a la Caja pueden tramitar su
solicitud en la siguiente forma:
- Mediante solicitud individual del interesado.
- Solicitud colectiva de la asociación de jubilados a la cual
pertenezca el pensionado, previa autorización escrita.
- Solicitud del empleador o entidad de seguridad social, que tenga
a su cargo el pago de las pensiones, previa autorización escrita
del interesado.
Documentos que se deben anexar para la afiliación de pensionados
- Formulario para la afiliación del pensionado: inscripción voluntaria
de pensionado, clic
aquí. (63 KB). Para bajar este archivo usted debe tener
instalado Adobe Acrobat Reader; si no lo tiene instalado haga
clic
aquí).
- Fotocopia de la resolución de pensión de jubilación y colilla
de pago de la última mesada del pensionado.
- Los documentos probatorios de las personas a cargo que va a
afiliar son los mismos documentos solicitados a los trabajadores
que presentan afiliación para recibir los servicios de la Caja.
¿Quién aporta?
Los aportes los efectúa la entidad pagadora mediante deducción del 2% de la mesada del pensionado, previa autorización escrita del mismo, mediante el sistema de planilla integrada de liquidación de aportes. En algunos casos, los pensionados asumen el pago de sus aportes.
Derechos del Pensionado
- Puede afiliar las mismas personas a cargo que los trabajadores laboralmente activos, ellas son: hijos, hijastros y hermanos huérfanos de padres hasta los 23 años cumplidos y, padres mayores o menores de 60 años que no tengan algún tipo de renta.
- Una vez se afilia el pensionado, Comfama le expide la tarjeta
de afiliación que le acredita como afiliado y le permite a él
y a su grupo familiar acceder a los programas y servicios de Comfama
(educación, vivienda, recreación, turismo, crédito y cultura), con
las tarifas que se aplican para los trabajadores dependientes.
- El pensionado no recibirá cuota monetaria
El artículo 9° Ley 789 parágrafo 2 preceptúa:
“...Los trabajadores que hubieren acreditado veinticinco
(25) o más años al Sistema de Cajas de Compensación Familiar
y se encuentren pensionados tendrán derecho a los programas de capacitación,
recreación y turismo social a la tarifa más baja de cada Caja
de Compensación...”
Descargue el formulario de afiliación para pensionados con 25 años o más de afiliación al sistema.
Retiro pensionado
La cancelación de la afiliación del pensionado puede darse:
- De forma voluntaria si desea retirarse de la Caja.
- Por el no pago de los aportes puede ser cancelado por la Asociación
de Pensionados o Entidad Pagadora de Pensiones a la cual el pensionado
está vinculado.
- Por su muerte.
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